Evaluación de Magistrados

El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Chubut  hace saber  que se ha dispuesto la evaluación de los siguientes Magistrados y que  los ciudadanos se encuentran facultados para poner en conocimiento de este Consejo cualquier hecho o circunstancia que considere de interés para  ser incorporado a la evaluación de los mismos:

 

Sr. Manuel Alejandro González:  Juez de Paz Suplente 1° de Trevelin

Dra. Laura Beatriz Castagno: Fiscal General de Sarmiento

Dr. Herminio González Menesses: Fiscal General de Sarmiento

Dr. Alejandro Gustavo De Franco: Juez de Cámara Penal de Trelew

Dra. Ivana Lorena Baskovc: Asesora de Familia DESC de Trelew

Dra. Verónica A. Roldan: Asesora de Familia de Comodoro Rivadavia

Sr. Jorge Omar Narez: Juez de Paz Titular Juzgado N°2 de Trelew

Dr. Miguel Ángel Caviglia: Juez Penal de Comodoro Rivadavia

Dra. Daniela Alejandra Arcuri: Jueza Penal de Comodoro Rivadavia

Dr. Alfredo M. Pérez Galimberti: Defensor General Alterno

 

Las presentaciones se deberán realizar en el plazo de  20 días hábiles, de la última publicación, la que deberá efectuarse por escrito con documentación respaldatoria, en la sede del Consejo de la Magistratura, sita en avenida Fontana Nº 561, de la ciudad de Esquel (9200).-

Último párrafo del artículo N° 10 del Reglamento de Evaluación de Magistrados/as en sus tres primeros años de función: “Asimismo en la misma oportunidad y por Presidencia, se dispondrá la publicación por tres (3) días del inicio del procedimiento de evaluación. Se hará en la página electrónica oficial del Consejo de la Magistratura y en los diarios de circulación masiva dentro de la Provincia del Chubut, en especial en el lugar de desempeño del Magistrado/a evaluado/a. Se hará a los fines de que la ciudadanía en el término de 20 días hábiles contados de la última publicación, ponga en conocimiento de la Comisión cualquier hacho o circunstancia que considere de interés para ser incorporado al proceso de evaluación. La presentación deberá efectuarse por escrito, acompañando la documentación respaldatoria o que permita su individualización.”

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