Cierre de período de impugnación: lunes 14 de octubre de 2019
Fiscal General para la ciudad de Comodoro Rivadavia, Un (1) cargo
1°) Manoni Franco
2°) Ponce de León Viviana Inés
3°) Barría Carlos Daniel
4°) Kreischer Sonia Elizabeth
Fiscal General para la ciudad de Sarmiento
1°) Manoni Franco
2°) Sandoval, Cristina Marisol
Fiscal General para la ciudad de Trelew
1°) Manoni Franco
2°) Barría Carlos Daniel
Juez de Primera Instancia en lo laboral N° 3 para la ciudad de Comodoro Rivadavia
1°) de la Fuente Roberto Cesar
2°) Chocobar Arnaldo Gustavo
3°) Oyarzun Reinoso Rubén Dario
4°) Ivanoff Evangelina Soledad
5°) Wandersleben Patricia Margarita
6°) Hernandez Ada Dalila
7°) Popich Roberto Gabriel
Defensor Penal para la ciudad de Trelew
1°) Flores Pericich, Carlos Antonio
2°) Manoni Franco
3°) Mollard Flora
4°) Martensen Maria Laura
Defensor Penal para la ciudad de Puerto Madryn
1°) Manoni Franco
2°) Martensen Maria Laura
Defensor Civil para la ciudad de Rawson
1°) Sosa Guillermina Leontina
2°) Caminos Nilda Graciela
3°) Casal Ana Maria
4°) Corneo Bernardo Juan
Juez de Familia para el Juzgado de Familia N° 1 de la ciudad de Sarmiento
1°) Sosa Guillermina Leontina
2°) Huaiquil Santiago Martin Alejandro
Juez de Familia para el Juzgado de Familia N° 2 de la ciudad de Comodoro Rivadavia
1°) Re Verónica
2°) Sosa Guillermina Leontina
3°) Roldan Verónica Andrea
4°) Cifuentes Dias Agostinho Gustavo David
Juez de Refuerzo para la ciudad de Trelew
1°) Manoni Franco
2°) Barría Carlos Daniel
El art. 29 de la ley V Nº 70 dice “Todo habitante de la Provincia está legitimado para oponerse ante el Consejo de la Magistratura a la eventual designación de un postulante, en forma fundada, debiendo comparecer si es convocado bajo apercibimiento de entenderse desistida su oposición. El Consejo de la Magistratura, a estos fines, fija los plazos hasta los cuales pueden presentarse las oposiciones, que publica junto con el llamado a concurso. No se valora oposición alguna sin previa audiencia del afectado con la misma. Rigen supletoriamente Las normas procesales vigentes en la Provincia. Sin perjuicio de lo precedentemente previsto, cualquier persona está facultada para presentar sus oposiciones, siempre fundadas, directamente a la Legislatura o Consejos Deliberantes o a sus comisiones o a los legisladores o concejales. (El plazo es de 6 días, posteriores a la última publicación del listado de postulantes).